ORGANIZACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

SEDE SOCIAL

4, rue Neuve 80290 EQUENNES-ERAMECOURT

Tél. 06 68 71 26 41 E-mail : albert.saelens@wanadoo.fr


FECHA DE CREACIÓN

El 14 de noviembre de 2006 

Declarada en la Préfecture d'Amiens (Somme).

Con  el N° 0802017572

Periódico Oficial 

El objeto fue cambiado el 5 de enero 2008 : Periódico Oficial 

 

OFICINA DE LA ASOCIACIÓN

Presidente

BALIQUE Malvina

Trabajadora

 

Tesorero

SAELENS Albert

Sacerdote en jubilacion

Secretaria genérale 

PERSONNE FORMENTIN Charlotte

Profesor de las escuelas

 

ESTATUTOS DE LA

Adoptados en junta general de constitución el lunes, 13 de noviembre de 2006 y modificados en junta general extraordinaria el 2 de diciembre de 2007. Los infrascritos: el señor SAELENS Willy, de nacionalidad francesa, residiendo Grande rue en OFFIGNIES 'Somme) el señor SAELENS Albert, de nacionalidad francesa, residiendo 2 bis, rue du calvaire en ATHIES (Somme) el señor SAELENS Bernard, de nacionalidad francesa, residiendo 6, rue neuve en  EQUENNES (Somme) Y todas las personas que se habrán adherido a los presentes statutos.

Forman una asociación regida por la ley del 1 de julio de 1901 y el decreto del 16 de agosto de 1901. 

ARTICULO 1
Esta asociación tiene por título : Association pour le développement de la jeunesse au Pérou – A.D.J.P. - (asociación para el desarrollo de la juventud en Perú - A.D.J.P.). 

ARTICULO 

Con este fin la Asociación organiza toda reunión y pone en ejecución todo medio destinado a la realización de su objeto, a la información y a la formación de sus miembros. Sus actividades son exclusivas de todo fin lucrativo. 

ARTICULO  3
Su sede social es al  N° 4 de la rue neuve à EQUENNES- ERAMECOURT – 80290

ARTICULO  4
La asociación consta de miembros activos sin distinción de edad y de nacionalidad. 

ARTICULO  5
Admisión: para formar parte de la asociación, hay que ser aceptado por la oficina que estatuye, en el momento de cada una de sus reuniones, sobre las peticiones de admisiones presentadas. 

ARTICULO  6
Los miembros: son miembro activos las personas que vierten una cuota fijada por la junta general cada año. 

ARTICULO  7
Radiación: la calidad de miembro se pierde por: la dimisión, la defunción.
La radiación pronunciada por el consejo de administración o la oficina para motivo grave o no pago de la cuota. El interesado que había sido invitado por carta recomendada presentarse delante de la oficina para dar explicaciones. 

ARTICULO  8 

La asociación es afiliada la asociación peruana J.A.R.C. (Juventud Agraria y Rural Catolica del Perú ), cuyo el sede social está en Lima. 

ARTICULO  9
Los recursos de la asociación están constituidos por las cuotas, las subvenciones municipales, las carreteras secundarias, nacionales, de la diputación provincial, del Estado, etc., de donaciones. 

ARTICULO  10
Consejo de administración: la asociación es dirigida por la oficina y por el consejo de administración de 3 miembros, elegidos para 3 años. Los miembros del consejo son elegidos en el momento del junta general, son reelegibles. El consejo de administración escoge entre sus miembros, una oficina compuesta de:
1° Un Presidente

2° Un tesorero 

3° Un Secretario 

 

El consejo se renueva por tercio cada año, el primer año y el segundo año, el miembro saliente es designado por la suerte. En caso de vacaciones, el consejo provee provisionalmente a la sustitución de sus miembros. Es procedido a su sustitución definitiva por la junta general próximo Los poderes de los miembros tan elegidos se acaban en la época en la que debería normalmente llegar al término del mandato de los miembros reemplazados. 

ARTICULO  11
Reunión del consejo de administración:
El consejo de administración se reúne una vez a cada 6 meses, sobre convocatoria del presidente, o a petición del cuarto de sus miembros. Las decisiones son tomadas por la mayoría de las voces, en caso de división(reparto), la voz del presidente es preponderante. Ningún miembro puede formar parte del consejo si no es mayor. 

ARTICULO  12
La junta general ordinaria: la junta general ordinaria comprende todos miembros de la asociación. La junta general ordinaria se reúne cada año en enero.
El presidente, prestado asistencia por los miembros del consejo, preside la asamblea y expone la situación moral de la asociación.
El tesorero da cuenta de su gestión y somete el balance de las cuentas a la aprobación de la asamblea. Es procedido, después de finalizar la orden del día, a la sustitución, miembros del consejo saliente. 

ARTICULO  13
Junta general extraordinaria: si la necesidad se hace sentir de allí, o bien a petición de la mitad de los miembros inscritos, el presidente puede convocar una junta general extraordinaria, siguiendo las formalidades previstas al artículo 11.

ARTICULO  14
Reglamento interior:
Un reglamento interior puede estar establecido por la oficina, lo hace aprobar en el momento del junta general. 

ARTICULO  15
Disolución: en caso de disolución pronunciada por los dos tercios por lo menos miembros presentes a la asamblea, uno o varios liquidadores son nombrados por ésta y el activo, si se efectua allí, y destinado conforme al artículo 9 de la ley del 1 de julio de 1901 y del decreto del 16 de agosto de 1901.